Una jueza del fuero federal determinó que los juzgados locales no tienen facultades para resolver el caso de la deuda pública, invalidando temporalmente el mandato de captura.
El panorama legal en torno a la reestructura de la deuda pública de Chihuahua dio un vuelco total. La Jueza Décimo de Distrito en el Estado, Madhay Soto Morales, concedió un amparo al empresario José Pedro López Elías. Esta medida ordena dejar sin efectos la orden de aprehensión emitida en su contra dentro de la causa penal 3050/2024, la cual fue girada por un Juez de Control del fuero común. La determinación de la juzgadora federal se fundamenta exclusivamente en un criterio de competencia técnica y constitucional. De acuerdo con la resolución de amparo, los recursos económicos que motivaron la investigación poseen una naturaleza federal desde su origen. Debido a esto, la autoridad judicial del fuero local no se encontraba facultada por la Constitución para emitir mandamientos de captura en este expediente penal específico.
La investigación original se deriva de un pago por 98.6 millones de pesos efectuado a la firma López Elías Finanzas Públicas, S.C., durante el sexenio del exgobernador Javier Corral Jurado. El dinero correspondía a servicios de asesoría financiera especializada. Este fallo judicial retoma de manera directa lo resuelto en enero de 2026 por el Primer Tribunal Colegiado del Décimo Séptimo Circuito. Dicho tribunal ya había ordenado que la investigación principal en contra del exgobernador Corral fuera turnada formalmente a un juez penal de origen federal. Por conexidad de la causa y al tratarse de los mismos recursos monetarios, el beneficio procesal se extendió al consultor externo implicado.
La resolución aclara que esta sentencia no deslinda responsabilidades penales ni declara la inocencia definitiva del implicado. El proceso técnico debe esperar los plazos legales de revisión, dejando en manos de los tribunales federales el futuro del caso.